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viernes, 26/04/24

Licencias de conducir vencidas obtendrán prórroga: Aquí los detalles clave

Este lunes, los cambios a la ley que buscan extender las licencias de conducir vencidas fueron enviados directamente al Presidente Gabriel Boric.

El Congreso entregó una buena noticia para los conductores este lunes al despachar directamente al Presidente Gabriel Boric los cambios a la ley que buscan extender las licencias de conducir vencidas. Esta medida fue tomada en respuesta al colapso en los municipios y la escasez de citas disponibles para regularizar el trámite.

Después de analizar las modificaciones propuestas por el Senado, la Cámara de Diputadas y Diputados aprobó el proyecto y lo envió al Ejecutivo para su promulgación como ley.

Este proyecto, que pronto será promulgado, establece que habrá dos grupos de personas que podrán solicitar la extensión de sus licencias. Además, es importante destacar que no se requerirá un certificado que confirme el cumplimiento de los requisitos de aptitud física y mental, como lo exige la Ley de Tránsito.

Es importante recordar que durante las fiscalizaciones realizadas en distintas partes del país, muchos conductores expresaron su molestia debido a las largas esperas que debían enfrentar para obtener una cita y renovar su licencia. Incluso, algunos informaron que tenían que esperar hasta fin de año para obtener un turno.

Extensión para licencias de conducir vencidas

La modificación de la ley establece que se dividirá en dos grupos. El primero de ellos será beneficiado con una prórroga de dos años para la vigencia de sus licencias de conducir, y aplica a aquellos documentos cuyo control original estaba programado para el año 2022, según lo indicado en el sitio web de la Cámara.

Por otro lado, la prórroga de un año (a partir de la fecha de vencimiento indicada en el documento) se aplica a todas las licencias de conducir cuyo control original estaba programado para los años 2023 y 2024.

Asimismo, la ley indica que, «las licencias no profesionales clase B, C o especiales, cuyo control corresponda realizar originalmente durante los años 2020, 2021, 2022, 2023 y 2024, se renovarán por el plazo que resta conforme lo establecido en el artículo 19, contado desde la fecha de vencimiento consignada en el documento».

Por último, se expresa que, «las licencias profesionales. También, respecto de aquellas que se entregan en forma especial a quienes no cumplen a cabalidad con las aptitudes físicas o psíquicas (art. 22). En tales casos, la renovación se otorgará por el término que corresponda de acuerdo a las reglas generales».

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