Si bien la nueva normativa de la Fase de Apertura a contar del 1 de octubre, levantó la obligatoriedad de las mascarillas, y en este sentido no se puede obligar a su uso en lugares cerrados, sà es cierto que comercios particulares pueden reservarse el derecho de admisión para que se usen en estos determinados lugares.
Para esto, debe haber un aviso previo, una instrucción justificada como parte de la polÃtica del negocio.​
Esto puede suceder con espacios los cuales sus administradores tengan motivos para reservarse el derecho de admisión, similar a los códigos de vestimenta que en algunos lugares como restaurantes y discotecas se exigen.
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