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viernes, 26/04/24

Comienzan citaciones a ausentes del Plebiscito de salida: ¿Qué consecuencias enfrentan los no votantes?

Durante los meses de marzo y abril del presente año, el Servicio Electoral (Servel) presentó una denuncia ante los Juzgados de Policía Local en contra de los más de 2,1 millones de votantes que no emitieron su voto en el Plebiscito de salida del 4 de septiembre de 2022.

Durante marzo y abril de este año, el Servicio Electoral (Servel) llevó a cabo la denuncia ante los Juzgados de Policía Local de los más de 2,1 millones de electores que no cumplieron con su deber de sufragar en el Plebiscito de salida del 4 de septiembre de 2022, instancia que tenía el voto obligatorio, al igual que las elecciones de este domingo 7 de mayo.

En la actualidad, estos juzgados comunales ya han comenzado el proceso de citación a los ciudadanos que no ejercieron su derecho a voto, y están expuestos a enfrentar altas multas cuyos valores están establecidos en un artículo de la Constitución vigente.

La citación por lo general es entregada por Carabineros en el hogar del infractor y contiene la fecha y hora en la que debe comparecer para declarar. El documento indica que la persona tiene la opción de llevar, "medios de prueba para hacer sus descargos por no haber cumplido su obligación de sufragar en el Plebiscito Constitucional".

Cuando se habla de "medios de prueba", se hace referencia a los documentos que sustentan las excusas aceptadas para no haber asistido a votar, tales como la constancia emitida por Carabineros si se encontraba a más de 200 kilómetros de su domicilio electoral durante el día de la votación, un certificado médico que acredite una enfermedad, o el pasaje o boleto que demuestre que se encontraba fuera del país en dicha fecha.

¿Cuáles son las sanciones que enfrentan las personas que no cumplieron con su deber de votar en el Plebiscito de salida?

En total, son 2.156.914 personas que no votaron en dicho proceso y que ya han sido citadas o lo serán próximamente. Una vez que la persona se presente ante el juez de Policía Local, se le preguntará por las razones de su ausencia en las urnas y al finalizar la audiencia se le notificará la multa correspondiente.

La sanción económica oscila entre las 0,5 y las 3 UTM, lo que equivale a un rango de entre $31.537 y $189.222, según lo establece el artículo 160 de la Constitución. El plazo para cancelar la multa es de aproximadamente un mes.

¿Cuál es la sanción que puede enfrentar una persona que no paga la multa?

Las personas que no paguen la multa establecida por el Juzgado de Policía Local por no haber votado en el Plebiscito de salida pueden enfrentar sanciones de reclusión diurna, nocturna o festiva (durante el fin de semana). 

"Esa reclusión será en razón de una noche o un día por cada 0,2 UTM ($12.614); por lo tanto, la cantidad de noches o de días de reclusión dependerá de la multa", expreso a El Mercurio la presidenta del Instituto Nacional de Jueces de Policía Local, Carola Quezada,  Asimismo, Quezada confirma que estas mismas sanciones también aplicarán para quienes no voten en las elecciones que se realizarán este domingo 7 de Mayo.

La experta añadió que la persona "se le castiga (con reclusión) porque no pagó la multa, pero la multa la seguirá teniendo, no se sustituye una cosa por la otra".

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