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domingo, 05/05/24

¡No te lo Pierdas! Descubre cuándo recibirás el aguinaldo de fiestas patrias

La fecha específica para el pago del Aguinaldo de Fiestas Patrias no es fija, ya que se entrega junto con la pensión de septiembre.

El Aguinaldo de Fiestas Patrias es un apoyo económico que se otorga anualmente en septiembre a los trabajadores del sector público y a los pensionados, con el propósito de ayudarlos durante las festividades.

¿Cuándo se efectúa el pago del Aguinaldo de Fiestas Patrias?

La fecha específica para el pago del Aguinaldo de Fiestas Patrias no es fija, ya que se entrega junto con la pensión correspondiente al mes de septiembre. En consecuencia, la fecha varía según cada beneficiario.

¿Cuál es la cuantía del Aguinaldo?

El monto del Aguinaldo de Fiestas Patrias en el año 2023 es de $23.261. Además, se añaden $11.933 por cada carga familiar que esté registrada al 31 de agosto de 2023.

Vale la pena destacar que este beneficio se otorga sin deducciones. Además, no se considera para el cálculo de impuestos ni para las contribuciones previsionales y de salud.

¿Quiénes cumplen los requisitos para recibirlo?

Tienen derecho a recibir el Aguinaldo de Fiestas Patrias aquellos individuos que, al 31 de agosto de 2023, cumplan con los siguientes criterios:

  • Pensionados o pensionadas del Instituto de Previsión Social (IPS) que tengan una Pensión Garantizada Universal (PGU) o una Pensión Básica Solidaria de Invalidez (PBSI).
  • Pensionados o pensionadas del Instituto de Seguridad Laboral (ISL).
  • Pensionados o pensionadas de las leyes de Exonerados Políticos, Ley N° 19.234.
  • Pensionados o pensionadas de las Mutualidades de Empleadores de la Ley N° 16.744.
  • Pensionados o pensionadas de las ex cajas de previsión y ex Servicio de Seguro Social (INP, actualmente IPS).
  • Pensionados o pensionadas de reparación: Ley N° 19.123 (Rettig) y Ley N° 19.992 (Valech).
  • Pensionados o pensionadas de AFP o compañías de seguro que, al 31 de agosto de 2022, además reciben el beneficio de PGU, el Aporte Previsional Solidario (de Vejez o de Invalidez) o pensiones mínimas con Garantía Estatal.
  • Beneficiarios y beneficiarias del Subsidio de Discapacidad.

¿Pueden los trabajadores del sector privado recibir este aguinaldo?

En el caso de los empleados del sector privado, no existe una obligación legal de parte del empleador para proporcionar el aguinaldo.

Sin embargo, un empleado del sector privado puede ser beneficiario del Aguinaldo de Fiestas Patrias si:

  • Está contemplado en su contrato laboral.
  • Un contrato o acuerdo colectivo incluye una cláusula que aborda el aguinaldo.

En estas situaciones, el trabajador puede hacer valer su derecho al aguinaldo, ya que está amparado por el contrato o convenio colectivo.

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