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lunes, 06/05/24

Cuenta RUT: La vía directa para recibir el Bono de Invierno 2023. ¿Estás incluido?

El IPS ha confirmado que ha completado todos los trámites requeridos para garantizar que los pensionados reciban automáticamente el Bono de Invierno 2023, junto con el pago mensual de su pensión correspondiente al mes actual.

El bono de invierno 2023 para pensionados comenzó a ser entregado esta semana, otorgando un monto de $74.767 por única vez a aquellos que cumplen con los requisitos establecidos.

Se espera que esta ayuda beneficie a más de 1.550.000 pensionados a nivel nacional, incluyendo el IPS y otras instituciones de previsión, lo que representa un gasto fiscal superior a los 115 mil millones de pesos.

¿Quiénes reciben el monto directo en la Cuenta RUT?

El IPS ha anunciado que ha realizado todas las acciones necesarias para que los pensionados reciban el Bono de Invierno 2023 automáticamente junto con el pago de su pensión del mes en curso.

No es necesario que realicen ningún trámite adicional para recibir el dinero. Además, se ha informado que aproximadamente el 42% de los beneficiarios del IPS, es decir, más de 308.000 pensionados, recibirán el pago directamente en su Cuenta RUT vigente.

Cabe destacar que el IPS es el encargado de pagar el bono para los pensionados del IPS, los beneficiarios de la Pensión Básica Solidaria (PBS) y los pensionados del Instituto de Seguridad Laboral. Por otro lado, en el caso de los pensionados de AFP y otras entidades previsionales, cada institución es responsable de realizar el pago correspondiente.

Los beneficiarios

Para acceder al Bono de Invierno 2023, es necesario cumplir con los siguientes requisitos: tener 65 años o más, cumplidos al 1 de mayo del presente año, y pertenecer a uno de los grupos determinados.

  • Personas pensionadas del Instituto de Previsión Social (IPS), del Instituto de Seguridad Laboral (ISL), de Dipreca, de Capredena y de las Mutualidades de empleadores de la Ley N°16.744 de Accidentes del Trabajo y Enfermedades
  • Personas pensionadas del Sistema de AFP que se encuentren percibiendo pensiones mínimas con garantía estatal.
  • Personas pensionadas de AFP o compañías de seguros que adicionalmente se encuentren percibiendo Aporte Previsional Solidario de Vejez, y cuyas pensiones previsionales sean inferiores o iguales a $201.677 (sin considerar el monto del Aporte Previsional Solidario en ese cálculo).
  • Todas las personas beneficiarias de la PGU que no tengan derecho a pensión en algún régimen previsional. Es decir, que reciban solo la PGU.
  • Personas pensionadas de AFP y compañías de seguros que adicionalmente se encuentren percibiendo una PGU, y cuyas pensiones previsionales sean inferiores o iguales a $201.677 (sin considerar el monto de la PGU en ese cálculo).

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