En la última instancia judicial que tenía Carlos Elías Muñoz Cárcamo para revertir la condena de presidio perpetuo calificado, dictada el 15 de julio de 2023, su defensa no logró cambiar el rumbo del proceso. La Corte de Apelaciones de Punta Arenas, en un fallo reciente, confirmó la sentencia dictada por el Tribunal Oral en lo Penal de Punta Arenas.
Los ministros Marcos Kusanovic, Caroline Turner, y el abogado integrante Carlos Abarzúa, revisaron los argumentos presentados por la defensa, pero concluyeron que no había ninguna infracción en la sentencia original. "Ha quedado explicitado con precisión la valoración asignada a las circunstancias de hecho que estiman y consideran para colegir la acertada figura penal de femicidio íntimo", indicaron en el fallo, subrayando que la condena se ajusta a derecho. Por ello, el recurso interpuesto fue rechazado.
Carlos Muñoz Cárcamo, de 37 años, fue condenado por el femicidio de Raquel Díaz Jiménez, su entonces pareja. Según la investigación policial y fiscal, el crimen ocurrió entre la noche del 12 de mayo y la madrugada del 13 de mayo de 2022, en la casa Nº15 de la Agrupación Lobos de Guairabo, en el sector de Agua Fresca, a 22 km al sur de Punta Arenas.
Muñoz utilizó un hacha y al menos dos armas cortopunzantes, una lanza de fabricación artesanal y un cuchillo, para golpear brutalmente a Raquel en la cabeza y el abdomen. La víctima sufrió más de 10 heridas cortopunzantes, principalmente en la cavidad abdominal, además de múltiples lesiones defensivas en las manos y extremidades.
Las juezas del Tribunal Oral en lo Penal, Adriana Knopel Jaramillo, Constanza Sutter Lagarejos, y Palmira Muñoz Leiva, condenaron a Muñoz por el delito de femicidio íntimo. En su fallo, describieron la brutalidad de la agresión, destacando que Raquel Díaz Jiménez sufrió un dolor deliberado e inhumano durante un lapso de tiempo considerable, estimado entre 30 y 90 minutos.
El tribunal concluyó que las lesiones fueron infligidas mientras la víctima aún estaba con vida, y que no existía ninguna causal de justificación para la conducta de Muñoz. Esta brutalidad, junto con el ensañamiento demostrado, fue determinante para dictar la pena de presidio perpetuo calificado, que obliga a Muñoz a cumplir al menos 40 años de cárcel antes de poder optar a algún beneficio extracarcelario. Esto significa que no podrá postular a dichos beneficios antes de los 77 años de edad.