Este jueves 1 de mayo, se conmemora el Día Internacional del Trabajador y Trabajadora, jornada que constituye un feriado irrenunciable para quienes laboran en el sector Comercio, cuyo cumplimiento será fiscalizado por la Dirección del Trabajo a nivel nacional y regional.
En total, se han programado cerca de 200 fiscalizaciones en todo el país, las que se sumarán a aquellas que surjan a partir de denuncias ingresadas durante la jornada festiva a través del sitio web www.dt.gob.cl y del Canal de Atención Telefónica 600 450 4000, que estará disponible entre las 9:00 y las 15:00 horas.
La directora regional (s) del Trabajo, Viviana Ampuero, recordó que el feriado comienza el miércoles 30 de abril a las 21:00 horas y se extiende hasta las 06:00 horas del viernes 2 de mayo. “Los establecimientos que contempla la ley deberán estar cerrados a partir de las 21:00 horas. Como Dirección del Trabajo realizaremos recorridos planificados para fiscalizar su cumplimiento”, explicó.
Durante las inspecciones se revisará el otorgamiento del descanso obligatorio para los trabajadores del comercio, el descanso alternado cada dos años para quienes están exceptuados de la norma, y el inicio del descanso a la hora correspondiente, entre otros puntos.
Se consideran trabajadores del comercio a quienes laboran en establecimientos de venta directa al público. Sin embargo, están exceptuados del feriado quienes trabajen en:
- Restaurantes y clubes,
- Cines, discotecas, espectáculos en vivo y otros centros de entretenimiento,
- Aeropuertos y aeródromos,
- Casinos de juego,
- Expendio de combustibles,
- Farmacias de urgencia o en turno,
- Tiendas de conveniencia asociadas a servicentros, si venden alimentos preparados en el lugar.
Las multas por no otorgar el feriado ni el descanso bianual van desde los $343.240 (5 UTM) hasta los $1.372.960 (20 UTM) por trabajador. En tanto, por no cumplir con el horario de inicio del feriado, las sanciones pueden llegar hasta los $4.118.880 (60 UTM).