Con la promulgación de la ley N° 21.693, que introduce diversas modificaciones a los cuerpos legales relacionados con el sistema electoral, se han establecido los lineamientos para las Elecciones Regionales y Municipales 2024. La votación se llevará a cabo el fin de semana del 26 y 27 de octubre, permitiendo que las y los electores elijan participar en cualquiera de estos dos días, pero no en ambos.
Una de las modificaciones más significativas es el uso obligatorio de lápiz pasta azul tanto para emitir el voto como para firmar el padrón de mesa, un cambio que busca estandarizar el proceso y mejorar la seguridad del sufragio.
La ley establece que los vocales de mesa designados deberán cumplir su función en dos procesos electorales generales consecutivos. Esto incluye elecciones presidenciales, parlamentarias, municipales y/o regionales, así como plebiscitos. Por lo tanto, quienes fueron vocales en el plebiscito de 2023, repetirán su función en octubre de 2024.
El bono para los vocales de mesa será de 0,75 UF ($28.284) por cada día en que efectivamente desempeñen su labor.
La participación en las Elecciones del 26 y 27 de octubre será obligatoria. Quienes no acudan a votar serán sancionados con una multa de 0,5 unidades tributarias mensuales ($32.950). Sin embargo, estarán exentos quienes se encuentren enfermos, fuera del país, o a más de 200 kilómetros de su local de votación, entre otras justificaciones que deberán ser acreditadas ante un juez de policía local.
Ningún empleador podrá impedir que sus trabajadores voten, y en caso de actividades laborales imprescindibles durante la jornada electoral, se permitirá a los trabajadores ausentarse durante tres horas para cumplir con su deber cívico sin sufrir descuentos en sus remuneraciones.
Los días sábado 26 y domingo 27 de octubre serán feriados legales. No obstante, la restricción de apertura para centros comerciales solo aplicará el día domingo 27. Cabe destacar que se ha eliminado la ley seca para los días de elección.
La propaganda electoral comenzará el miércoles 28 de agosto. Esta podrá realizarse a través de prensa, radioemisoras, y mediante activistas en la vía pública. Los medios de comunicación deberán informar al Servicio Electoral (Servel) sobre los montos y contratantes de la propaganda electoral, información que se publicará en la página web del Servel.