La Dirección del Trabajo (DT) ha emitido un dictamen que garantiza que los trabajadores y trabajadoras que deban cumplir con sus labores durante las elecciones regionales y municipales del 26 y 27 de octubre dispondrán de al menos 3 horas para sufragar o excusarse de votar. Además, podrán elegir de manera autónoma el día en que lo harán, sin que esto afecte sus remuneraciones ni conlleve sanciones.
El dictamen N°656/24, publicado este martes 15 de octubre, aclara los detalles de la Ley N° 21.693, promulgada el pasado 28 de agosto, que regula el desarrollo de este proceso electoral obligatorio de dos días. Las elecciones incluirán la votación de gobernadores, consejeros regionales, alcaldes y concejales.
El dictamen establece que los trabajadores y trabajadoras que laboren durante cualquiera de los dos días de votación tendrán derecho a un mínimo de 3 horas para votar o excusarse de hacerlo. Esta normativa también se extiende a quienes sean designados como vocales de mesa, miembros de colegios escrutadores o delegados ante la Junta Electoral. En todos los casos, este permiso debe ser concedido sin que haya descuentos en las remuneraciones.
Para los vocales de mesa, el permiso se aplicará tanto el sábado 26 como el domingo 27 de octubre, tal como lo indica el artículo 4° transitorio de la Ley N° 21.693, que exige el desempeño de sus funciones durante ambos días del proceso electoral.
El dictamen destaca que los trabajadores tendrán autonomía para elegir en cuál de los dos días ejercerán su derecho a voto o presentarán su excusa. Esto significa que aquellos que trabajen el sábado 26 y descansen el domingo 27 podrán decidir libremente qué día utilizarán su permiso de 3 horas para sufragar. Los empleadores deberán respetar esta elección, otorgando el permiso sin restricciones.
Asimismo, el feriado legal, obligatorio e irrenunciable se aplicará para los trabajadores del comercio que laboren en malls, strip centers y centros comerciales bajo una misma razón social o personalidad jurídica. Este beneficio solo regirá el domingo 27 de octubre. Sin embargo, los trabajadores de otros establecimientos comerciales, como supermercados o grandes tiendas que no cumplan con las condiciones legales mencionadas, deberán cumplir con su jornada laboral habitual.
Con estas disposiciones, la DT busca garantizar que los trabajadores puedan ejercer su derecho a voto de manera libre y sin complicaciones, en un proceso electoral clave para el desarrollo de la democracia local en el país.