La Octava Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago ratificó la sentencia que condena a siete años de cárcel al exoncólogo Manuel Álvarez, por abuso sexual reiterado contra pacientes en la Clínica Las Condes. El fallo desestimó el recurso de nulidad presentado por la defensa del médico, confirmando así la decisión del 3° Tribunal Oral en lo Penal de Santiago.
Según destacó la abogada querellante Susana Bortzutzky, "hoy es un día histórico para las mujeres en este país", subrayando que la corte validó la sentencia que condena a Álvarez por abusos sexuales contra pacientes víctimas de cáncer. Bortzutzky enfatizó que este fallo demuestra que las instituciones judiciales funcionan adecuadamente, sin distinción.
El oncólogo fue condenado por dos delitos de abuso sexual de carácter reiterado, tras un proceso judicial que inició con el veredicto condenatorio el 23 de abril y la audiencia de comunicación de sentencia el 10 de mayo. Inicialmente, se le impuso prisión preventiva, medida que fue revertida tras un recurso de amparo acogido por la Corte Suprema a fines de junio, permitiendo que Álvarez permaneciera en libertad con arraigo nacional mientras se resolvía el recurso de nulidad.
En el fallo de 40 páginas, la Corte de Apelaciones rechazó las cuatro causales de nulidad presentadas por la defensa de Álvarez, confirmando así la sentencia sin posibilidad de otras acciones legales.
El tribunal de alzada, compuesto por las ministras Dobra Lusic, Lilian Leyton y la abogada (i) Magaly Correa, determinó que no hubo infracción en la tipificación penal que condenó al médico, quien se aprovechó del estado de vulnerabilidad de las víctimas, pacientes oncológicas bajo su cuidado.