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martes, 01/07/25

¿Quiénes deben votar en el Plebiscito Constitucional 2023?

El voto en las elecciones que se celebrarán el 17 de diciembre es de carácter obligatorio, por lo que te expones a multas en caso de no sufragar.

El próximo 17 de diciembre se llevará a cabo el Plebiscito Constitucional 2023 para votar “A favor” o “En contra” de la nueva propuesta de Constitución. Las elecciones del 17 de diciembre cuentan con voto obligatorio, por lo que deben sufragar todas las personas habilitadas para ello de acuerdo al padrón electoral definitivo en Chile.

¿Qué pasa si no voto en el Plebiscito Constitucional 2023?

El elector que no sufrague en el Plebiscito Constitucional 2023 será penado con una multa a beneficio municipal de 0,5 a 3 UTM.

Excusas válidas si no puedes votar

Existen algunas excusas válidas si no puedes votar en las elecciones del Plebiscito Constitucional 2023:

  • Estar a más de 200 kilómetros de distancia del domicilio electoral correspondiente.
  • Enfermedad.
  • Ausencia del país.
  • Otro impedimento grave debidamente comprobado ante el juez competente, quien apreciará la prueba de acuerdo a las reglas de la sana crítica.

Revisa también si saliste vocal de mesa para las elecciones del Plebiscito Constitucional del 17 de diciembre.

Es importante tener en cuenta que no se debe realizar ningún trámite ante Servel. Debes esperar la citación del Juez de Policía Local correspondiente a tu domicilio electoral en los meses siguientes al Plebiscito Constitucional (no es inmediata).

¿Qué hacer si estoy a más de 200 kilómetros de distancia de mi domicilio electoral?

En caso de estar a más de 200 kilómetros del domicilio electoral el día del Plebiscito Constitucional 2023, es necesario realizar los siguientes pasos:

  1. El día del plebiscito acudir a una unidad de Carabineros de Chile (comisaría, tenencia o retén) y dejar una constancia de que estás a más de 200 kilómetros de tu domicilio electoral. Este trámite no se puede realizar de forma virtual.
  2. Guardar el comprobante de la constancia.
  3. Al recibir la citación del Juzgado de Policía Local, acudir a excusarse ante el Juez con el comprobante de la constancia realizada el día del plebiscito.

Revisa cómo hacer valer el derecho del voto asistido el día de las elecciones y quiénes pueden ejercer su uso.

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