Fiestas Patrias: emprendedores pueden participar en fondas y ferias con Tasación de Actividades Esporádicas (TAE)

Defensoría del Contribuyente aclaró que este procedimiento no reemplaza la iniciación de actividades ante el SII y que contar con el permiso y/o patente municipal es obligatorio.

Con la llegada de las Fiestas Patrias, fondas y ferias dieciocheras se convierten en una oportunidad clave para miles de emprendedores en todo Chile. En este contexto, la Defensoría del Contribuyente (Dedecon) recordó que existe una alternativa para aquellos que aún no han formalizado su actividad comercial ante el Servicio de Impuestos Internos (SII) o están en proceso de hacerlo.

Se trata de la "Tasación de Actividades Esporádicas (TAE)", un permiso extraordinario que permite a personas no formalizadas comercializar productos durante estos eventos, simplemente pagando un Impuesto al Valor Agregado (IVA) tasado en base a las ventas proyectadas.

Para poder utilizar esta opción, los emprendedores deben cumplir con algunos requisitos básicos:

  1. Permiso y/o patente municipal: Primero, el contribuyente debe contar con la autorización municipal correspondiente.
  2. Capital inicial menor a 25 UTM: El capital inicial para participar no debe superar las 25 UTM (aproximadamente $1.600.000 CLP).

El proceso es sencillo y se realiza a través del sitio web del SII, siguiendo estos pasos:

  1. Ingresar al sitio del SII: Visita www.sii.cl y selecciona "Servicios online", luego "Impuestos mensuales", "Asistente para cálculos", y finalmente "Calculadora Tasaciones Esporádicas (TAE)".
  2. Revisar y confirmar información: Una vez en la calculadora, revisa la información que ya esté registrada en el SII y actualízala si es necesario. Luego, selecciona "Continuar".
  3. Ingresar datos y generar certificado: Completa los campos solicitados en el formulario y envía la información. Posteriormente, se generará el certificado de TAE, que debe ser exhibido en el stand durante la duración del evento.

El tributo se calcula sobre el 100% de los derechos municipales o el 100% del valor del canon de arriendo o subarriendo del lugar donde se instalará el negocio, con un mínimo de 2 UTM (aproximadamente $132.000 CLP).

Aquellos emprendedores que ya están formalizados ante el SII en actividades de primera categoría afectas a IVA, como comercio, industria o servicios, sólo deben informar la ubicación de la feria y las fechas de funcionamiento mediante una petición administrativa.

La TAE es una excelente oportunidad para aquellos que buscan aprovechar el flujo de personas en estas festividades sin estar aún formalizados, facilitando su participación en estas instancias clave para impulsar sus ventas.

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