La Corte de Apelaciones de Punta Arenas acogió el recurso de protección deducido en contra de la Agrupación de Futbolito Senior de la ciudad que suspendió de por vida al recurrente, tras haber sido expulsado de un partido por una supuesta conducta antideportiva y agresiva.
En fallo unánime (causa rol 265-2023), la Primera Sala del tribunal de alzada –integrada por la ministra María Isabel San Martín Morales, el ministro Luis Álvarez Valdés y el fiscal judicial Pablo Miño– estableció el actuar arbitrario y desproporcionado de la asociación deportiva, al considerar “la reincidencia” del recurrente, por expulsiones registradas en partidos disputados en 1994 y 1998.
La resolución agrega: “Que, se dio cumplimiento a la medida para mejor resolver dispuesta en su oportunidad, incorporándose a estos autos el Reglamento de Competición de la Agrupación de Futbolito Senior para el año 2023; y la Tabla de Penalidades de la misma agrupación”.
“Que en este sentido, se ha de consignar además, que de acuerdo a la denominada ‘Tabla de Penalidades’ de la agrupación recurrida, en el peor de los casos la acción del recurrente puede estar calificada como una falta grave, prevista en la letra A) de su número 2), por cuanto se trataría de una agresión a un jugador rival sin consecuencias físicas, donde la sanción a imponer es de 10 partidos de suspensión a un año”.