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viernes, 23/05/25

Corte de Apelaciones rechaza recurso de amparo interpuesto en favor de Sunil Nandwani Vaswani

Se indica que la defensa no justificó adecuadamente la inasistencia del imputado a las audiencias programadas en el Juzgado de Garantía de Punta Arenas.

En un fallo unánime, la Primera Sala de la Corte de Apelaciones de Punta Arenas rechazó el recurso de amparo interpuesto en favor de Sunil Nandwani Vaswani, al descartar vulneración de derechos fundamentales en su caso.

El tribunal de alzada, compuesto por la ministra Caroline Turner González, la fiscal judicial Paula Stange Kahler y el abogado (i) Carlos Abarzua Villegas, determinó que la acción constitucional no tenía fundamentos suficientes para ser acogida.

En la resolución, se indica que la defensa no justificó adecuadamente la inasistencia del imputado a las audiencias programadas en el Juzgado de Garantía de Punta Arenas.

“La citación a la audiencia fue expedida y notificada con anticipación, el 18 de diciembre de 2024, para una audiencia de formalización el 21 de enero y otra el 22 de enero. Además, se le permitió comparecer de manera remota, pero solo acompañó un certificado de ingreso hospitalario el mismo día de la audiencia”, señala el fallo.

Asimismo, se estableció que el informe policial N°6374250, emitido por la Policía de Investigaciones el 31 de enero de 2025, confirmó que el imputado solicitó el alta voluntaria el 29 de enero, lo que permitió concluir que no estaba imposibilitado de comparecer.

El fallo también establece que la licencia médica presentada por la defensa no acreditaba una incapacidad real, ya que en los antecedentes médicos se indicaba que el imputado se encontraba "lúcido, orientado y en condiciones acordes a su edad".

Por lo tanto, el tribunal concluyó que la resolución del juez de garantía se dictó dentro de sus atribuciones, en conformidad con los artículos 127 y 133 del Código Procesal Penal, por lo que no hubo ilegalidad en la decisión adoptada.

En virtud de estos antecedentes, la Corte de Apelaciones resolvió:

“SE RECHAZA el recurso de amparo interpuesto en favor de Sunil Nandwani Vaswani, en contra de la resolución dictada con fecha 21 de enero y 29 de enero de 2025 en los autos RIT N°2273-2022, del Juzgado de Garantía de Punta Arenas”.

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