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jueves, 28/03/24

Corte de Apelaciones y caso descuartizador: “Contaba con un mediano riesgo delictual”

De igual forma, señalaron la necesidad de perfeccionar el sistema de cumplimiento e instalar una figura del juez de ejecución de penas.

Este martes, el Pleno de la Corte de Apelaciones de Punta Arenas, entregó una declaración pública respecto a la Comisión de Libertad Condicional del Segundo Semestre del año 2021, específicamente sobre el caso del imputado Adalio Mansilla Quinchamán, quien este fin de semana, asesinó brutalmente a Roberto Verdugo.

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En dicho documento, señalan que actuaron “en base a la ley y las exigencias de la normativa vigente, la cual establece requisitos concretos para entregar este beneficio a quienes cumplen condena en los distintos Complejos Penitenciarios de Magallanes (…) los antecedentes entregados por Gendarmería fueron: que cumplía con una muy buena conducta durante su condena; tenía consciencia del mal causado; presentaba una relación familiar estable, contaba con contrato de trabajo, cumplía con el tiempo mínimo para acceder a este beneficio y contaba con un mediano riesgo delictual”.

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En dicho contexto, también señalaron que “lo mismo ocurrió con el caso de la solicitud de revocación en agosto de 2022, en donde por unanimidad los integrantes de la comisión rechazaron la petición por no cumplirse con los requisitos del artículo 30 de la ley 338.
En este sentido, hacen énfasis en la necesidad de perfeccionar “el sistema de cumplimiento e instalar una figura del juez de ejecución de penas para resolver asuntos relacionados con el sistema carcelario y la resocialización y efectiva reintegración de los penados a la sociedad”.

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