Tribunal Ambiental rechaza reclamación contra la SMA por archivo de denuncias contra la Planta Procesadora Puerto Demaistre

El Tribunal concluyó que los datos disponible mostraron que el proyecto no había afectado significativamente las poblaciones de las especies monitoreadas.

El pasado martes, el Tercer Tribunal Ambiental rechazó la reclamación presentada por un grupo de ciudadanos contra la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA), luego de que este organismo archivara una serie de denuncias relacionadas con el proyecto de la Planta Procesadora de Recursos Hidrobiológicos Puerto Demaistre, en la Región de Magallanes. Los reclamantes acusaban que las actividades de construcción de la planta estaban afectando el hábitat de especies locales, como el cisne de cuello negro y el cisne coscoroba, y solicitaban que la SMA sancionara a la empresa y exigiera su ingreso a una nueva evaluación ambiental.

Las denuncias, archivadas por la SMA en mayo de 2023, incluían acusaciones de fraccionamiento del proyecto y afectación al borde costero y a la biodiversidad local, particularmente a las especies de aves mencionadas. Sin embargo, tras analizar la información presentada, el Tribunal concluyó que el monitoreo de la Ruppia filifolia, una planta clave en la alimentación de estas aves, se ajustó a lo estipulado en la Resolución de Calificación Ambiental (RCA), y que no se había demostrado un impacto negativo significativo en las poblaciones de cisnes.

A pesar de señalar algunas imprecisiones metodológicas en el monitoreo de la abundancia de las aves, el Tribunal concluyó que los datos disponibles, que cubren un periodo de más de 20 meses, mostraron que el proyecto no había afectado significativamente las poblaciones de las especies monitoreadas.

Asimismo, se abordó la denuncia de una supuesta alteración del hábitat derivada del uso del borde costero. El Tribunal determinó que las afirmaciones de los reclamantes no aportaron pruebas adicionales o una valoración diferente a la ya evaluada por la SMA. Finalmente, en cuanto a las denuncias sobre el incumplimiento del compromiso voluntario de realizar actividades fuera de la temporada de reproducción de las aves, el Tribunal respaldó la conclusión de la SMA de que las limitaciones temporales y espaciales se cumplieron en su mayoría, con la excepción de un estacionamiento corregido rápidamente.

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