El Bono de Protección, conocido también como Bono Dueña de Casa, es un beneficio dirigido a las familias chilenas, con una priorización hacia las mujeres. Este aporte económico se otorga durante un período de 24 meses bajo ciertas condiciones.
Elegibilidad para el Bono de Protección
Para ser beneficiario del Bono de Protección no se requiere postulación. Se otorga automáticamente a las familias y personas que forman parte del Subsistema de Protección Social Seguridades y Oportunidades, siempre que:
- Hayan aceptado participar en alguno de los programas de Chile Seguridades y Oportunidades (Familias, Abriendo Caminos, Calle o Vínculos), a través de una carta de compromiso enviada por el Ministerio de Desarrollo Social.
Orden de Prioridad para la Recepción del Bono
Los pagos se asignan siguiendo un orden de prioridad establecido:
- Madre de menores de 18 años, personas con certificación de invalidez o discapacidad mental, o causantes del Subsidio Familiar (SUF).
- Mujer mayor de 18 años que sea jefa de hogar o pareja del jefe de hogar.
- Mujer mayor de 18 años que cumpla el rol de dueña de casa.
- Hombre mayor de 18 años que sea jefe de hogar, en caso de no cumplirse las prioridades anteriores.
- Mujer mayor de 18 años, y en su ausencia, cualquier hombre mayor de 18 años, si no se cumplen las condiciones anteriores.
- Esta última prioridad se repite para enfatizar la secuencia en la asignación del beneficio.
Método de Pago del Beneficio
El beneficio se abona a través de la Cuenta RUT del Banco Estado del miembro de la familia designado para recibirlo. Si la persona elegida no posee esta tarjeta, el Ministerio de Desarrollo Social gestionará la apertura de una cuenta para facilitar el pago.