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viernes, 19/04/24

Indignación: Hombre responsable de daño cerebral y epilepsia en su hija de 7 meses cumplirá pena en libertad

Los hechos tuvieron lugar durante los meses de noviembre y diciembre de 2018, cuando el hombre se encontraba a cargo del cuidado de su hija mientras su pareja, quien es la madre de la niña, estaba trabajando. Durante ese periodo, se produjo la agresión que causó las graves lesiones a la pequeña.

Un hombre de 35 años, identificado con las iniciales F.T.V.S., ha sido declarado culpable de lesiones graves en contexto de violencia intrafamiliar contra su hija de 7 meses de edad. El incidente ocurrió en Pitrufquén, en la región de La Araucanía.

La agresión que cometió el acusado provocó graves lesiones cerebrales, oculares y epilepsia en la pequeña. Como resultado, la niña requiere medicación con anticonvulsionantes cada 12 horas.

El acusado, cuya identidad se mantiene en reserva para proteger a la víctima, se desempeña laboralmente en Puerto Aysén. El caso fue presentado en el Tribunal Oral en lo Penal de Temuco.

El fiscal del Ministerio Público, Jaime Pino, señaló que los hechos tuvieron lugar entre noviembre y diciembre de 2018, cuando la madre de la niña se encontraba trabajando y dejaba a la pequeña bajo el cuidado del ahora condenado en su domicilio de Pitrufquén.

“En dicho lugar el imputado realizó estas sacudidas violentas contra la víctima, provocándole el “síndrome del niño sacudido”, una forma de violencia intrafamiliar que le causó lesiones graves a la pequeña víctima”, indicó.

Durante la acusación se hizo hincapié en que las lesiones sufridas por la niña podrían tener consecuencias a largo plazo, como retraso en el desarrollo psicomotor, alteraciones cognitivas y sociales, siendo compatibles con el síndrome del niño sacudido.

El Tribunal Oral, después de revisar todos los antecedentes del caso, incluido el testimonio del acusado, dictaminó una condena de 3 años y un día de presidio, con el beneficio de libertad vigilada intensiva.

Adicionalmente, se impuso una orden de prohibición de acercarse a la niña durante dos años. Asimismo, se le ordenó asistir de manera obligatoria a programas de control de impulsos y manejo de la ira, y deberá informar al tribunal sobre su progreso y finalización de dichos programas.

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